Santo Domingo. El presidente de la República, Luis Abinader, ha emitido el Decreto número 403-24, del 24 de julio de 2024, mediante el cual se establece el reglamento para la aplicación de la Ley 34-23 de Atención, Inclusión y Protección para las Personas con Trastorno del Espectro Autista (TEA).
Este reglamento tiene como objetivo hacer efectiva la mencionada ley, organizando las competencias de los entes y órganos del Estado y creando espacios de coordinación interinstitucional. Esto garantizará la promoción, protección y aseguramiento de los derechos de las personas con TEA.
El reglamento permite que los entes y órganos administrativos desarrollen programas de apoyo para personas con TEA en cumplimiento con los objetivos institucionales. Además, regula el procedimiento administrativo para la aplicación de sanciones, basándose en los principios y reglas de la Ley 107-13, sobre los Derechos de las Personas en sus Relaciones con la Administración y de Procedimiento Administrativo.
Para la creación de este reglamento, se realizó un trabajo técnico-jurídico con las instituciones públicas vinculadas al cumplimiento de la Ley 34-23 y un proceso consultivo con la sociedad civil, permitiendo recibir sugerencias y comentarios de la comunidad.
Este proceso se llevó a cabo en consonancia con la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, ratificada por el Estado dominicano en 2008. La Convención establece que las personas con discapacidad deben tener la oportunidad de participar activamente en los procesos de adopción de decisiones sobre políticas y programas que les afectan directamente.
Con esta nueva reglamentación, se complementa la protección constitucional para las personas vulnerables, incluyendo a aquellas con Trastorno del Espectro Autista (TEA).
Sobre la Ley 34-23
El 5 de junio de 2023, el presidente Luis Abinader promulgó la Ley 34-23, conocida como la Ley de Atención, Inclusión y Protección para las Personas con Trastornos del Espectro Autista (TEA). Esta ley regula la atención, protección e inclusión plena y efectiva en la sociedad de las personas con TEA, garantizando sus derechos y satisfaciendo sus necesidades.